El objeto de la presente nota informativa consiste en exponer las principales características del Registro Central de Titularidades Reales (el “Registro Central”), cuyo Reglamento fue aprobado mediante el Real Decreto 609/2023, de 11 de julio (el “Reglamento”) y entró en vigor el 19 de septiembre de 2023.
El Registro Central tiene por objeto recoger y dar publicidad a la información sobre titularidad real vigente relativa a todas las personas jurídicas españolas y los fideicomisos tipo trust y entidades o estructuras sin personalidad jurídica análogas que operan en España. Es un registro de naturaleza electrónica, y en el que toda relación con el mismo deberá ser a través de medios electrónicos.
Este Registro centraliza la información de titularidad real disponible en los Registros de Fundaciones, Asociaciones, Cooperativas, Sociedades Agrarias de Transformación, y otros registros que puedan recoger la información de las personas jurídicas o entidades inscritas, así como la obtenida por la Base de Datos de Titulares Reales a cargo del Consejo General del Notariado y de los Registros Mercantiles gestionados por el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, además de recoger los datos que se le declaren de manera directa, o que le sean suministrados.
Todas las personas jurídicas que no hayan declarado su titularidad real a través del Registro Mercantil, u otros donde estuvieran inscritas, deberán declarar por medios electrónicos al Registro Central de Titularidades Reales la información relacionada en los artículos 4 bis y 4 ter de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (la “Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales”), así como la establecida en este reglamento, en el plazo máximo de un mes desde su constitución, y posteriormente actualizar los datos en el plazo máximo de diez días cuando se produzcan cambios en la titularidad real.
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- Objeto
- El Registro Central
- Datos que deben facilitarse al Registro Central
- Personas legitimadas para acceder a la información del Registro Central
- Oposición al tratamiento de información