Novedades fiscales en relación con la acreditación y aplicación de deducciones por I+D+i en el impuesto sobre sociedades

El Tribunal Supremo ha hecho pública una sentencia relevante, emitida el pasado 24 de octubre de 2023, que compartimos con usted por entender que puede ser de su interés, relativa a la acreditación de deducciones fiscales en proyectos de I+D+i en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, y más concretamente al ejercicio en el que se debe acreditar la deducción en la declaración del Impuesto sobre Sociedades.

En este caso, el contribuyente consideró la acreditación de una deducción por I+D+i en la declaración del Impuesto sobre Sociedades de un ejercicio posterior a aquel en que incurrió y contabilizó los gastos e inversiones relativos a un proyecto innovador. Dicha demora en la acreditación de la deducción por parte del contribuyente estuvo motivada porque la empresa no disponía, a fecha de presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades, de los correspondientes informes del Ministerio de Ciencia e Innovación que justificaban la naturaleza innovadora del proyecto.

Por este motivo, siguiendo un criterio conservador, la compañía no procedió a acreditar y aplicar en la declaración del Impuesto sobre Sociedades la oportuna deducción fiscal por I+D+i hasta el ejercicio en que ya dispuso del citado informe, sin que procediese a presentar una rectificación de la declaración correspondiente al ejercicio en el que incurrió en los referidos gastos…

 

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