Recientemente se ha publicado resolución a consulta vinculante de la Dirección General de Tributos (V1836-18), de 22 de junio, que modifica el criterio mantenido por ese centro directivo en relación con la forma de determinar el incremento de fondos propios en grupos de consolidación fiscal, en relación con el cálculo de la Reserva de Capitalización.
Hasta la fecha de publicación de dicha consulta, la Dirección General de Tributos en sus resoluciones V4962-16 y V0134-17, venía manteniendo que el incremento de fondos propios en grupos de consolidación, a efectos de calcular la reserva de capitalización, debía efectuarse teniendo en cuenta la suma de los fondos propios individuales de las sociedades que forman el grupo sin realizar eliminaciones e incorporaciones de operaciones internas.