Derecho de separación en caso de falta de distribución de dividendos

Nota informativa sobre la entrada en vigor del Artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital que otorga, en el ámbito de las sociedades no cotizadas, un derecho de separación al socio en caso de falta de distribución de dividendos, siempre que se cumplan dos presupuestos legales.

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